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Cuáles son los nuevos criterios para tener el CUD sin vencimiento


El CUD es un documento público que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22431 y 24901

Crédito: DIB

El CUD es un documento público que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22.431 y 24.901.

El Gobierno nacional a través de la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, dio a conocer algunas disposiciones para la emisión del Certificado Unico de Discapacidad que en algunos casos, podrá otorgarse sin vencimiento. En este punto es importante aclarar que esto solo será posible en aquellos casos en que la Junta Evaluadora, que funciona en cada ciudad, lo considere pertinente.

El Gobierno nacional estableció el martes, a través de la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD), que en algunos casos, podrá otorgarse sin vencimiento. En este punto es importante aclarar que esto solo será posible en aquellos casos en que la Junta Evaluadora, que funciona en cada ciudad, lo considere pertinente. Sí el grupo de profesionales considera que la persona que lo solicita no cumple con los requisitos, no tiene la obligación de otorgar el Certificado sin vencimiento.

Para algunas personas

Para "echar luz" sobre esta información, LA OPINION dialogó con las profesionales de la Junta Evaluadora que existe en nuestra ciudad y que se desempeña en el Centro de Atención Primaria de la Salud (Caps) "Salvador Mazza", ubicado en calles Balboa y Vicente López, único espacio en que se tramita el CUD.

"La Resolución nos llegó el martes a la mañana, hay modificaciones en las fechas de vigencia pero cada caso es particular y se analiza teniendo en cuenta diferentes criterios. El rótulo de 'sin vencimiento' depende de la evaluación que las profesionales hagan de cada caso", manifestaron desde la Junta Evaluadora.

En el Instagram de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), se pone de manifiesto que la Resolución 1654/2024 busca un proceso más claro y transparente. "Se incorporará la leyenda 'Sin vencimiento' y se permitirá que algunas personas no necesiten renovar su certificado a menos que la persona solicite una nueva evaluación", se aclara en el Instagram de la Andis y se añade que este resolución "refuerza la gestión de información y asegura el ejercicio de derechos promoviendo la inclusión y el respeto a la dignidad de las personas con discapacidad".

Criterios para el CUD

Según detalla el anexo de la flamante normativa, firmada por el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Diego Orlando Spagnuolo, existen tres puntos destacados entre los criterios para la emisión del CUD. El primero de ellos contempla las "Renovaciones previas", es decir, a "personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF)".

El segundo, en tanto, menciona a la "Persona Mayor", o sea, aquella que "al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos cinco años". Por último, refiere a quienes tiene "Necesidad de equipamiento permanente". "Personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales", detalla el documento.

"En los casos mencionados se podrá solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás", aclara el anexo.

¿Qué es el CUD?

El CUD se trata de un documento público que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22.431 y 24.901, de acuerdo con la explicación oficial. La tramitación es voluntaria y gratuita y la evaluación es realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde o no su emisión.

Cabe destacar que pueden acceder al mismo cualquier persona con una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral.

Derechos que otorga el CUD

Salud: El CUD asegura una obertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación (medicamentos, equipamiento, tratamientos) que requiera en relación a lo que fue certificado como discapacidad.

Transporte: Viajes gratuitos en transporte público terrestre.

Asignaciones familiares: Garantiza una Ayuda Escolar Anual por hijo con discapacidad, Asignación Familiar por hijo con discapacidad (SUAF por discapacidad), Asignación por Hijo (AUH con discapacidad), así como también Asignación por Cónyuge con discapacidad.

Otros trámites: Asegura la exención de pago de peajes y de impuestos (municipales, patentes, entre otros). En estos casos, la exención debe solicitarse ante la autoridad de aplicación de cada normativa.

Símbolo Internacional de acceso: Libre estacionamiento en los lugares permitidos, sin importar del vehículo en el que se traslade la persona portadora del CUD.

Cómo tramitar

La Junta Evaluadora atiende, en Pergamino, en el Caps "Salvador Mazza" de lunes a viernes, de 8:30 a 11:30, en ese lapso se realizan las entrevistas. Luego las profesionales destinan parte de su jornada laboral a hacer las tareas administrativas que conlleva la realización del CUD.

Es necesario sacar el turno de manera presencial ya que en ese momento se explica la documentación que debe presentar ante la Junta Evaluadora. La secretaria les da por escrito lo que es necesario presentar al momento de la entrevista, en algunos casos particulares hay planillas específicas que deben ser completadas por los profesionales de la salud. El turno debe ser sacado al menos tres meses antes ya que la demanda es muy amplia.


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