Personal del área de Bromatología advirtió sobre los riesgos que genera la venta de aceite comestible a granel (suelto) y reiteraron la prohibición de realizar la comercialización de esa manera como lo estipula el Artículo Nº 524 del Código Alimentario Argentino, ya que no se puede constatar procedencia, trazabilidad e inocuidad del producto generando un riesgo para quienes lo consuman.
"Cuando adquieran aceites para un comercio gastronómico, venta o para consumo familiar se deberá corroborar que el rótulo este completo y contenga: RNE (Registro Nacional de Establecimiento) y RNPA (Registro Nacional de Producto Alimenticio)", explicaron al Diario.
A su vez cabe señalar que este tipo de comercializaciones se observó en distintos negocios de Pergamino a los cuales se les irá advirtiendo para que dejen de ofrecerlos, caso contrario se procederá a labrar la infracción por violar las normativas vigentes.
Preservar al consumidor
Durante los controles es probable encontrar tambores de aceite para su expendio a granel y por tal motivo se explica a la comunidad que dicha práctica se encuentra prohibid porque el aceite comestible destinado a ser fraccionado deberá ser almacenado en recipientes adecuados, mantenidos en todo momento en condiciones de higiene y en este marco la normativa nacional indica que queda prohibido envasarlo en los comercios detallistas y demás lugares de venta al público, como también el expendio ambulante de los mismos.
Los establecimientos que fraccionan y envasan aceites comestibles, deberán cumplir con las disposiciones generales del presente y, además, disponer de locales destinados exclusivamente a este fin, aprobados por la autoridad competente. "Este tipo de recipientes y su mercadería una vez detectados en los comercios, son automáticamente decomisados y las actuaciones son elevadas al Juzgado de Faltas Municipal", señalaron a LA OPINION.