Pergamino

Este lunes será el feriado por el Día del Empleado de Comercio


La efeméride  remite a 1934 cuando se establecieron las relaciones de trabajo del sector con la sanción de la Ley N°11729

Crédito: PERFIL

La efeméride remite a 1934 cuando se establecieron las relaciones de trabajo del sector con la sanción de la Ley N°11.729.

La jornada quedó establecida a través de la ley 26.541, sancionada el 10 diciembre de 2009, en cuyo artículo segundo está escrito que "en dicho día los empleados de comercio no prestarán labores". Esperan una alta adhesión.

El Día del Empleado de Comercio se celebra cada 26 septiembre y representa una fecha equiparable a un feriado para todos los trabajadores de este sector. Sin embargo, este año se decidió pasar el asueto al lunes 30. La jornada quedó establecida a través de la ley 26.541, sancionada el 10 diciembre de 2009, en cuyo artículo segundo está escrito que "en dicho día los empleados de comercio no prestarán labores, asimilándose el mismo a los feriados nacionales a todos los efectos legales". 

Originalmente la efeméride dispuesta remite al día de 1934 en el que se establecieron las relaciones de trabajo del sector con la sanción de la Ley N°11.729, durante la presidencia de Agustín Pedro Justo. Esta legislación, posible gracias a la presión de la por entonces llamada Federación Argentina de Empleados de Comercios, instauró, entre otros derechos laborales, la indemnización por despido y la licencia frente a enfermedades y accidentes entre los trabajadores mercantiles.

La Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) informó que se oficializó el traslado del Día del Empleado de Comercio 2024 y aclaró que este festejo en nada afecta la apertura de los establecimientos cuando éstos sean atendidos por sus dueños o con empleados que acepten trabajar durante esa jornada.

Este lunes los empleados mercantiles tendrán la opción de prestar o no servicios laborales durante la jornada, con todos los efectos y alcances de la mencionada Ley, que asimila dicha conmemoración a los feriados nacionales. Estos días no exigen el otorgamiento de un descanso compensatorio cuando se trabaja, sino el pago de un recargo equivalente del 100%.

Si no se trabaja, el empleado tiene descanso ese día, pero su remuneración mensual no variará. Por ello, en materia de salario se deberá dar cumplimiento a lo establecido por las normas vigentes, no pudiéndose otorgar el día en cuestión como franco compensatorio del descanso semanal.

En Pergamino

Tal como viene sucediendo en los últimos años, se espera para este lunes un alto nivel de adhesión en Pergamino ya que, tras el fin de semana, los lunes se caracterizan por ser días "tranquilos" si de concreciones de operaciones comerciales se trata. Además se prevé que las cadenas de super e hipermercados no abran sus puertas ya que así lo anuncian en sus redes.


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