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Informaron los nuevos criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad 


Rigen nuevos criterios pero las Juntas Evaluadoras deben analizar caso por caso

Crédito: DIB

Rigen nuevos criterios pero las Juntas Evaluadoras deben analizar caso por caso.

Lo hizo el Gobierno a través de la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial.

El Gobierno nacional estableció este martes, a través de la Resolución 1654/2024 publicada en el Boletín Oficial, los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD).

Se trata de un documento público que permite ejercer los derechos y acceder a las prestaciones previstas en las leyes nacionales 22.431 y 24.901, de acuerdo con la explicación oficial. La tramitación es voluntaria y gratuita y la evaluación es realizada por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que determina si corresponde o no su emisión.

Cabe destacar que pueden acceder al mismo cualquier persona con una alteración funcional, permanente, transitoria o prolongada, física, sensorial o mental, que implique desventajas considerables para su adecuada integración familiar, social o laboral.

La Resolución nos llegó este martes a la mañana, hay modificaciones en las fechas de vigencia pero cada caso es particular y se analiza teniendo en cuenta diferentes criterios", manifestaron desde la Junta Evaluadora local que funciona en el Centro de Atención Primaria de la Salud "Salvado Mazza" del barrio Belgrano.

Criterios para el CUD

Según detalla el anexo de la flamante normativa, firmada por el director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis), Diego Orlando Spagnuolo, existen tres puntos destacados entre los criterios para la emisión del CUD.

El primero de ellos contempla las "Renovaciones previas", es decir, a "personas que al momento de la evaluación tengan emitidos previamente dos certificados de discapacidad, cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana se mantenga constante a lo largo del tiempo, haciendo hincapié en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación (CIF)".

El segundo, en tanto, menciona a la "Persona Mayor", o sea, aquella que "al momento de la evaluación tengan más de 60 años y mantengan sus estructuras y funciones corporales en condiciones constantes durante al menos 5 años".

Por último, refiere a quienes tiene "Necesidad de equipamiento permanente". "Personas que al momento de la evaluación requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar las funciones vitales", detalla el documento.

"En los casos mencionados se podrá solicitar la actualización del Certificado Único de Discapacidad (CUD) cuando se produzca un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás", aclara el anexo.


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