El Ministerio Público Fiscal y la entidad judía buscan reabrir la denuncia que el fallecido fiscal presentó -contra Cristina Kirchner- cuatro días antes de aparecer muerto en su departamento de las torres Le Parc en Puerto Madero, el 18 de enero de 2015.
Buenos Aires, (NA) - La Cámara Federal confirmó ayer el rechazo a un pedido para reabrir la investigación por la denuncia presentada por el fallecido fiscal Alberto Nisman días antes de morir contra la expresidenta Cristina Kirchner por el supuesto encubrimiento de Irán.
La Sala I de ese tribunal rechazó los recursos de apelación del Ministerio Público Fiscal y de la Daia contra la resolución del juez federal Daniel Rafecas que había desestimado la reapertura de la causa.
Además, en el mismo fallo, los jueces Jorge Ballestero y Eduardo Freiler desestimaron el pedido de la Daia para ser parte querellante en el caso.
El Ministerio Público Fiscal y la entidad judía buscan reabrir la denuncia que el fallecido fiscal presentó cuatro días antes de aparecer muerto en su departamento de las torres Le Parc en Puerto Madero, el 18 de enero de 2015.
El extitular de la UFI-Amia había acusado a Cristina Kirchner y al excanciller Héctor Timerman, entre otros, de encubrir a Irán en el atentado a la mutual judía a través de la firma del Memorándum de Entendimiento con ese país.
En su voto, el juez Ballestero ratificó que los contenidos de las desgrabaciones incluidas en el expediente instruido por Rafecas, no dan cuenta de lo denunciado por Nisman.
Hizo referencia en particular al audio por el cual se apeló la resolución de Rafecas, que contiene una conversación telefónica entre Timerman y el expresidente de la Amia Guillermo Borger, en la que el excanciller admitió que iraníes habían sido responsables por el ataque a la mutual judía.
Al respecto, la Daia había invocado la presunta aparición de dos nuevos hechos para reabrir la causa: la ratificación de la inconstitucionalidad del Mémorandum y el contenido de aquella conversación telefónica entre Timerman y Borger.
En ese audio, Timerman le señalaba al dirigente de la comunidad judía: No tengo otro con quien negociar; Decime con quién querés que negocie; Si fuera otro, no hubiese puesto la bomba; ¿Tenés otro para negociar?
El juez respaldó lo resuelto por Rafecas en el sentido que la culpabilidad de Irán en la voladura de la Amia no es sino la posición que la República Argentina viene sosteniendo desde hace años, no sólo en el orden interno -la tramitación de la misma causa penal por el hecho-, sino también en el ámbito internacional, ya en las gestiones del propio Fiscal Nisman ante Interpol, o bien por los primeros mandatarios ante las Naciones Unidas.
De hecho, el mismo Pacto con la República Islámica de Irán -como Estado y persona diferente de quienes son los imputados de aquella nacionalidad- no es más que la cabal proyección de ese axioma. Si no, como bien diría Timerman, ¿con quién habría de negociar cuando cualquier otro país resulta tan extraño al delito como a sus autores?, subrayó el magistrado.
Respecto a las grabaciones que había aportado Nisman como prueba del delito, sostuvo que el cabal contenido de esas conversaciones relata una historia muy distinta a la invocada, en la que la ley penal nada tiene que hacer.