Pergamino

Expectativa por el primer juicio por jurados en Pergamino: “Es un hecho histórico”, señaló el fiscal general


 El fiscal general Mario Daniel Gómez lo calificó de “histórico”  (LA OPINION)

'' El fiscal general Mario Daniel Gómez, lo calificó de “histórico”. (LA OPINION)

El viernes próximo a partir de las 10:00 se producirá un hecho histórico en Pergamino porque se desarrollará el primer juicio por jurados en nuestra ciudad y el segundo de la provincia de Buenos Aires.

Luego de la entrada en vigencia de la Ley N° 14.543, que regula la aplicación de esta antigua pero novedosa forma de realizar los debates, los bonaerenses en particular y los argentinos en general tendrán los ojos puestos en Pergamino para seguir atentamente la realización del juicio por jurados, fijado para un caso de homicidio en grado de tentativa, encontrándose la acusación a cargo del doctor Pablo Santamarina y la defensa a cargo de la doctora María Virginia Gaspari.

El juicio se llevará a cabo en la sala del Tribunal Criminal N° 1 Departamental y estará a cargo de su presidente, doctor Guillermo Burrone.

El fiscal Santamarina ha realizado distintas capacitaciones en la materia y forma parte actualmente del equipo de capacitadores de la Procuración General y del Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (Inecip) y la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (Aajj).

Respecto de este importante acontecimiento, el fiscal general del Departamento Judicial Pergamino, doctor Mario Daniel Gómez, expresó que “por primera vez en la historia se integra a la ciudadanía al servicio de Justicia de manera activa y con un rol preponderante, saldando así la gran deuda que nuestro sistema judicial tenía desde la sanción de la Constitución del año 1853.”

Consideró que “es un hecho histórico para los pergaminenses” y transmitió calma para la ansiedad de quienes debutarán con esta nueva carga pública: “Aquellos que han sido designados como jurados deben tener la más absoluta tranquilidad y confianza en el sistema judicial ya que su tarea consiste sólo en evaluar los hechos y no así el derecho. Es decir, los ciudadanos que integren el jurado sólo deberán expresar si el imputado es culpable o no y las cuestiones técnico-jurídicas tales como la calificación legal y el monto de la pena, en caso que el imputado resulte culpable, serán decididos por el juez”, explicó

Al respecto la Fiscalía General informó que en conformidad con lo que manda la Ley Nº 14.543, la identidad de los ciudadanos que integren los jurados será resguardada y sólo podrá conocerse minutos antes de iniciado el debate.

 

Alcances

Por otra parte, el fiscal general explicó los alcances de la normativa provincial: “La nueva ley establece que el tribunal de jurados actuará en aquellos delitos cuya pena máxima supere los 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, que alguno de ellos supere dicha pena. Es importante resaltar que para aquellos ciudadanos que resulten sorteados la función del jurado es una carga pública”.

Antes de iniciar el debate, se realizará una primera audiencia en la cual se convocarán a 48 personas de las cuales se elegirán a los 12 miembros definitivos que integrarán el tribunal y debatirán el caso en análisis.

 “El jurado estará compuesto por doce ciudadanos titulares y seis suplentes elegidos por sorteo del padrón electoral y recibirán las instrucciones necesarias para llevar a cabo su labor en el juicio para el cual fueron designados” señaló Gómez.

Al término del debate, el tribunal de jurados será el que dictará el veredicto determinando la inocencia o la culpabilidad del ciudadano acusado de cometer el delito y un juez técnico será el que deba indicar el encuadre jurídico del caso y establecer el monto de pena que corresponda aplicar.

El veredicto de culpabilidad requerirá un mínimo de diez votos afirmativos sobre las cuestiones planteadas y si el código penal establece una pena de prisión o reclusión perpetua para el delito en cuestión, se requerirá el voto afirmativo de la totalidad de los miembros del jurado.

 

Condiciones

Para que una persona pueda ser miembro de un jurado debe ser argentina nativa o naturalizada con no menos de cinco años de ciudadanía, tener entre 21 y 75 años, entender plenamente el idioma nacional y gozar de aptitud física y psíquica suficiente para el desempeño del cargo.

La Junta Electoral bonaerense ya confeccionó por sorteo y en audiencia pública, los listados de personas que cumplen con esos requisitos, discriminados por Departamento Judicial y por sexo y a su vez designó un jurado por cada mil electores empadronados en el registro general actualizado. En Pergamino han sido sorteados 80 ciudadanos quienes ya fueron notificados de su designación.


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