Editorial

Sin límites legales y sociales, seguirá ganando la impunidad


La Cámara Nacional Electoral de-sestimó, al fin, un planteo del frente Cambiemos en La Rioja para que se adecuara la lista de precandidatos en la provincia reemplazando a Carlos Menem y remarcó que su postulación a senador nacional se encuentra “actualmente habilitada”.

Se trata de una causa derivada de la inhabilitación que había dispuesto la misma Cámara, por la cual la alianza “Cambiemos-Fuerza Cívica Riojana”, que lleva como postulante a senador a Julio Martínez, pedía que la Justicia Electoral adecuara la lista de precandidatos, reemplazándolo a Menem por el suplente.

Al respecto, la Cámara estableció que el planteo “carece de interés jurídico actual”, ya que estaba fundado en la sentencia que la Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto el martes último, de modo que la candidatura se encuentra actualmente habilitada. Tras la sentencia del Máximo Tribunal que revocó la inhabilitación de Menem para ser candidato como había sucedido en las Paso, la Cámara le envió el caso a la Cámara Criminal y Correccional Federal de la Ciudad de Buenos Aires, su tribunal subrogante, para que dicte un nuevo fallo, tras considerar que la inhabilitación del exmandatario era insostenible por contener “graves defectos jurídicos”.

De este modo Menem se presentará como candidato a senador en octubre y si se repiten los números de las internas abiertas ganará la contienda, ya que el pasado 13 de agosto, la lista de Menem, cuyo nombre figuraba en las boletas pese a estar inhabilitado en ese momento y no hubo tiempo material de eliminarlas, se impuso en las primarias con el 44,63 por ciento de los votos sobre el 36,08 de Cambiemos.

Esta cuestión tiene varios costados para el análisis: uno es que en la Argentina nada parece ser definitivo, ni siquiera las leyes por imperativas que parezcan, siempre hay alguna rendija por la cual se puede lograr un cambio de posicionamiento. Otro, que evidentemente la corrupción no es parte de la agenda mayoritaria de los argentinos, ya que a la hora de votar poco importó que Menem, en este caso, tenga dos sentencias condenatorias en primera y segunda instancia, lo que habla de lo fundamentada que estuvieron las acusaciones, aunque esté apelando a la Corte para dilatar una condena definitiva. Y un tercer costado es que nuestra Justicia Electoral no tiene claramente definido en su marco de leyes cuáles son las condiciones que habilitan o inhabilitan a un ciudadano. ¿El motivo? Nuestra clase política, encarnada por legisladores de todos los tiempos, perpetúan la ambigüedad de interpretación porque, al fin, les es funcional. Lo que dice la normativa vigente es que un dirigente condenado no se puede presentar a elecciones, pero tiene que ser “condena firme” es decir que ya no haya posibilidades de seguir apelando. Y en la Argentina, donde las causas de corrupción tardan entre 10 y 20 años y las apelaciones pueden dilatar hasta el infinito esa posibilidad, la ley termina siendo inaplicable y sus efectos caen en lo abstracto. Por eso, cada caso es llevado a tribunales ordinarios para que sea un juez el que, discrecionalmente, diga sí o no a una candidatura.

Precisamente los jueces resolvieron rechazar las impugnaciones a la candidatura de Menem al considerar que el plazo para la presentación de impugnaciones se encontraba vencido, así como también que la decisión de la Corte Suprema del 22 de agosto último había dejado en claro que la condena dictada por la Sala I de la Casación Federal en la causa “Armas” no se encuentra firme por lo cual no es impedimento para la postulación a senador nacional. El 22 de agosto, con durísimas críticas jurídicas, la Corte Suprema revocó el fallo de la Cámara Nacional Electoral, que había rechazado la posibilidad de que el expresidente Menem fuera candidato a senador nacional por la provincia de La Rioja y le ordenó dictar un nuevo fallo.

En esa oportunidad, el Superior Tribunal consideró que el fallo de la Cámara tenía “graves defectos jurídicos que hacían imposible” mantenerlo. ¿Cuáles eran? Que el tribunal electoral no analizó el planteo relacionado con la legitimación de quien presentó la impugnación contra la candidatura del expresidente, y tampoco examinó la “preclusión”,  es decir, si había vencido el plazo para la impugnación, cuestiones que al parecer son muy importantes, al menos más que la condena por el caso “Armas” en sí misma.  

La cuestión de fondo a resolver, dada la realidad jurídica argentina, es en qué situación una persona no puede ser candidato y de manera contundente, clara, cosa que no quede ninguna hendija para planteos a la Corte. Una imputación debiera ser causa suficiente para no admitir la candidatura, siempre que sea por delitos vinculados a la administración pública. Ya que ella indica que se han encontrado pruebas suficientes tanto del ilícito como de la culpabilidad aunque sea en caso de sospecha. Sabido es que según la ley argentina “todos somos inocentes hasta que se demuestre lo contrario”, pero así como al denunciado por golpeador se le pone una perimetral o al conductor que mata al volante se le inhabilita provisoriamente el carnet, a una persona imputada por delitos contra el Estado no se le puede permitir ser parte de él, al menos hasta que se demuestre su inocencia.  

Como están las cosas hoy, lo más complicado que puede pasarle a un dirigente con causas de corrupción es padecer algún que otro manoseo judicial, pero al fin logrará su objetivo de presentarse y al resultar electo tener luego los fueros para evitar ir a prisión en caso que se complicaran algunas de las causas que lo tengan como protagonista.

El caso de Menem es emblemático porque nos pone alerta respecto de muchos otros dirigentes acusados y procesados por corrupción, los que con las leyes actuales tendrán todo tipo de posibilidades de eludir una posible inhabilidad política.

Es hora de dar lucha cierta a la corrupción, comenzando por acorralar las vías de impunidad que hoy están abiertas. Basta de hipocresías, de decir que se avasalla un derecho cuando se impide una candidatura en estas condiciones. Al fin, si prima la inocencia, vendrá el tiempo en que el sujeto en cuestión, libre de culpa y cargo se podrá presentar. Y de esta forma, “se matan dos pájaros de un tiro”: por un lado, el evitar que el Estado sea aguantadero de quienes buscan la inmunidad de los fueros, y por otro, que sea la propia política la que trabaje seriamente para hacer reformas que hacen falta para que se aceleren los tiempos procesales, cosa que hoy no hacen, dado su interés en que los fallos no les lleven la vida en espera de poder postularse.  

Tenemos poca expectativa que esto suceda. La corporación política, aunque declame públicamente lo contrario, en la práctica, en la actuación como legisladores no está dispuesta a modificar leyes que después los encuentre complicados a ellos mismos. Muchos legisladores que han sido mandatarios en sus provincias arrastran causas, que corren con distinta suerte, de modo que vemos muy lejano que resuelvan o endurezcan la letra de la normativa.

 

Lo que sí puede cambiar, y debiera, es el aspecto no institucional sino social de este asunto: los argentinos tenemos una enorme tolerancia a la corrupción, como vemos que sucede en La Rioja con Menem, que con dos condenas sucesivas gana igual las elecciones. Y si hilamos fino lo mismo sucede con Cristina Kirchner que ganó en la provincia de Buenos Aires, aunque sea por ínfimo porcentaje, pese a los procesamientos que tiene y las denuncias públicas permanentes que se hacen sobre la ruta del dinero K. Son síntomas de que hay grandes bolsones de nuestra sociedad que no toman en serio los efectos de la corrupción y esta problemática es si se quiere más seria que las leyes mismas.


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