Editorial

Estamos cansados de pedir Justicia y que no se nos escuche


Todo lo negativo en materia de seguridad se viene naturalizando en la Argentina, a punto tal que las marchas, por ejemplo, de los vecinos de La Plata por el fusilamiento de Abril Bogado, la nena de 12 años baleada en la madrugada del domingo, no le mueve el pelo a legisladores ni funcionarios. Hasta ahora nadie corrió a secar las lágrimas de esta familia destruida gratuitamente por un ladrón que, para más datos, salió de la cárcel antes de cumplir la condena anterior.

Para seguir con la tragedia ya conocida, el procurador general de la Provincia de Buenos Aires, Julio Conte Grand, aseguró que desde el Ministerio Público analizarán si el juez de Ejecución Penal de La Plata, Nicolás Villafañe, cumplió con los pasos para otorgarle la libertad asistida al hombre detenido por el crimen de Abril Bogado.

Y lo dice cuando ya vimos en vivo o en directo por televisión que los informes de los peritos judiciales habían aconsejado al magistrado que no lo liberara anticipadamente. Claro que este informe no es vinculante, un paso necesario para evitar tanta discrecionalidad judicial que, en algunos casos, hasta suena a “libertad pagada” para que sea anticipada.

Al fin, que haya cumplido debidamente con los pasos legales, no es la cuestión puesto que Villafañe, como todos los jueces de todas las instancias, tienen, además, la potestad discrecional que les otorga la ley para pronunciarse en cada caso. Una potestad que les cabe atento a que se los considera idóneos y pertinentes para allanar la fría letra de la ley que es general a las realidades particulares de cada expediente que llega a sus escritorios.

Sucede que esta discrecionalidad últimamente incurre en criterios que como sociedad no entendemos y que se han convertido en atenuantes en los que los imputados encuentran la vía de escape más fácil y certera.

Mientras las leyes conserven estas amplitudes propias de otros tiempos y en tanto los jueces tengan amplios márgenes de decisión, cada vez más la seguridad social estará en manos no del Estado sino de personas, falibles, franqueables, comprables y cómplices.

Por eso es menester reformular nuestras leyes a los tiempos que corren, acotando estos espacios librados al criterio del magistrado.  

Nuestros legisladores, que para la tribuna atacan el garantismo por televisión, cuando tienen que tratar las leyes necesarias para restringir los casos en que, por ejemplo, se pueden conceder salidas anticipadas, tienen serios problemas de conciencia parece y al fin, no las apoyan. De modo que hasta ahora el juez puede brindar la libertad condicional a un preso sin perjuicio de las opiniones que se puedan manifestar desde el Servicio Penitenciario o de la Fiscalía, como ocurrió con el preso José Edgardo Echegaray Biel alias “Pepito”, que tenía una condena por tentativa de homicidio, fue liberado en forma anticipada y ahora está nuevamente detenido por el crimen de Abril.

Los vecinos que marchaban en La Plata, como casi todos los ciudadanos, pidieron que los jueces den explicaciones por la libertad de Echegaray. Y como si todo lo que sucede no fuese un completo absurdo, el acusado faltando el respeto a la inteligencia de propios y extraños declaró que “se le escapó un tiro”.

El primer problema que salta a la vista es que en la Argentina no se cumplen las penas que se otorgan, las que de por sí tampoco son tan duras. La sola portación de un arma con la numeración adulterada debiera tener, a esta altura, una condena de años. Caso contrario, una tentativa de robo es prácticamente un paseo por la comisaría, aunque potencialmente es un homicidio. Además de todos los resquicios que morigeran las penas, no hay entre nuestras leyes elementos disuasivos. Si bien en 2004 se aprobó la “Ley Blumberg”, por la cual la pena por la portación ilegal de un arma se elevó de cuatro a 10 años cuando antes era de tres a seis meses, a la vista está por vaya a saber qué cuestión, estas condenas no se efectivizan. Y los que primero lo saben son los delincuentes, que naturalmente no dudan en salir “calzados”.

Así, los delincuentes violentos se acostumbran a ese entrar y salir, porque se han “instruido” lo suficiente como para no temer a la cárcel; saben fehacientemente que todo es manejable, que aquellas prerrogativas incorporadas a la ley general para que los jueces  atiendan las particularidades que lo merezcan, también están a su alcance. Solo es cuestión de ¿dinero? ¿De abogados que son “del palo”? ¿De un Sistema Penitenciario colapsado que los expulsa antes de tiempo? Desde el llano es difícil saber la razón, o si son todas o es otra todavía más oscura.

Por eso decimos que si lo que se analiza, una vez consumada la sucesión de hechos lamentables, es si el juez actuó ajustado a la norma, lo único que nos queda como sociedad es exigir que esos márgenes discrecionales se acoten a la mínima expresión. Porque, evidentemente, se está ejercitando indebidamente la discrecionalidad.

Echegaray Biel por ejemplo, de 32 años, es un reincidente serial, que salió de la cárcel, volvió a cometer delitos mientras gozaba de dos beneficios de libertad condicional y fue detenido cuando no se habían agotado ninguna de las dos condenas que le impusieron por robos, primero y por intento de homicidio, después. La tercera vez en ser detenido el delito por el que resultó acusado fue más grave: asesinato.

Como es de lógica implacable, si a un delincuente lo llevan preso por robo y no termina la pena, después lo llevan por intento de homicidio y no cumple el total de la pena, que termine asesinando no es más que el resultado del proceso de la escalada de violencia que venía llevando.

En uno de los informes, los especialistas se referían a las faltas de disciplina y a la inconveniencia de dejar libre al interno. Según fuentes oficiales, uno de los motivos fueron para rechazar la solicitud del interno fue falta de compromiso en una programa de reinserción. Una de esas faltas la cometió en su paso por el Penal de Magdalena, cuando en una requisa le secuestraron una punta y un celular.

Le dieron al comienzo salidas laborales cuando era claro que no salía para trabajar, porque no acreditaba labor alguna y nadie del sistema tampoco se ocupó de hacerle un seguimiento para ver si cumplía con las condiciones de sus salidas. Salía para robar y así quedó planteado en los informes periciales. ¿Para qué pagamos peritos si no vamos a atender los informes? Y un paso más: ¿cuándo van a reformar las normas para que estos informes sean vinculantes para el juez, evitando una discrecionalidad que, vemos a diario, no es bien utilizada? Es decir, profesionales que cumplen su trabajo para que el juez, si quiere, lo valide o lo ignore. 

Este caso de Abril sirve de ejemplo porque es la historia de muchos presos que registran los mismos antecedentes. El primer informe negativo que recibió el detenido fue en 2014 y el segundo en 2015. Sin embargo, el Juzgado de Ejecución Penal N° 2 de La Plata le otorgó la libertad condicional en 2015, en una causa por tentativa de homicidio en ocasión de robo. Esa condena se le terminaba en julio de 2018.

Su historia comenzó en 2004 como ladrón y fue escalando, saliendo y entrando de la cárcel. Tampoco nunca se redimió, no quiso estudiar ni trabajar en la prisión, de modo que difícilmente cuando estuviera libre tuviera otra profesión que la de ladrón y asesino. Hay que estudiar estos casos, porque no se trata solo de que cumpla la pena, porque este asesino que mató ahora, lo hubiese hecho igual el año que viene cuando saliera. Para eso, supuestamente, están los informes que el juez no atendió. Y no son para presidiarios de esta calaña los beneficios que le concedió, los que la ley procura para los encarcelados que demuestran interés y actúan en función de reinsertarse. Para discernir a quién les caben y a quiénes no están los informes y la discrecionalidad del magistrado. Esta última es la que, una vez más, falló. Y en tanto los jueces se muestren cada vez más permeables a las presiones, más desapegados a las sugerencias de los peritos y, sobre todo, más divorciados de la sociedad, no queda otro camino que acotar esos beneficios. Y, una vez más, pagarán justos por pecadores.

Lo concreto si reformáramos las leyes no es solo hacerlas más duras, con menos discrecionalidad de los jueces de ejecución penal, sino también que el preso deba cumplir una serie de requisitos sean laborales o de estudio antes de lograr la libertad. Porque de lo contrario estamos liberando, aun en el tiempo de cumplimiento de la pena, a un ladrón y asesino en potencia a la calle.

Las penas tienen que ser disuasorias, sobre todo en los primeros hechos que realiza un caco, porque si en los robos iniciales todos son beneficios y atenuantes, lo más probable es que se termine escalando en el delito.

Lamentablemente es la sociedad toda la que paga las consecuencias de las leyes que no se reforman, de los penales donde no se encausa a los presos y de las discrecionalidades de los jueces que por garantismo o quizá por unos pesos, lo que sería muy grave, liberan delincuentes que salen de la prisión peor de lo que entran.

 

Alguna vez tenemos que decir basta a tanto desatino y exigir a quienes nos gobiernan. legisladores y ejecutivos que trabajen en una problemática tan seria y que tanto nos afecta. Estamos cansados de pedir Justicia y que no se nos escuche.


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