Editorial

Al fin el Poder Ejecutivo se decidió a cambiar el Código de Procedimiento


Cuando se cuestiona a la Justicia en general se cree que la problemática está contenida en el Código Penal, sea el federal o el de cada provincia. Y en realidad, si hilamos fino, es el Código de Procedimiento de cada estamento, nacional o provincial, el que permite los recovecos para que leyes que han sido concebidas con un espíritu riguroso, hoy se apliquen con todo tipo de atenuantes. Muchas veces escuchamos a la gente quejarse de las normas penales, cuando en realidad lo que permite el alivio de la pena y otros beneficios son las cuestiones de procedimiento.

Precisamente lo que el Poder Ejecutivo nacional ha enviado al Parlamento para su tratamiento es un nuevo procedimiento para las investigaciones penales, texto que ya está en el Senado. Es necesaria una reforma en este sentido, habida cuenta que la inseguridad viene ganando la batalla, con la gran ayuda de un sistema laxo que mantiene delincuentes en las calles y que no tiene un efecto disuasivo sino todo lo contrario. 

Poco afecta hablar de los problemas irresueltos de su gestión, esta movida de Cristina es su forma implícita de reconocer el flagelo de la inseguridad, agudizado innegablemente en los últimos 10 años, con la aparición de modalidades delictivas inéditas en el país, como la muerte a manos de sicarios en casos vinculados con el narcotráfico. Como sucedió el miércoles en Rosario, sin ir más lejos, cuando acribillaron en plan de “vendetta” al padre del jefe de una banda “narco”.  

El sistema propuesto, denominado acusatorio, reemplaza al viejo mecanismo inquisitivo y al mixto que se aplica en la Justicia Federal desde 1992, cuando se hizo la última reforma, que quedó a medio camino. Y todo lo que queda sin terminar resulta de una ineficiencia manifiesta. Este sistema acusatorio, más moderno y vigente en casi todo el mundo, se aplica en la Argentina en las causas penales que se investigan en el nivel provincial en 16 departamentos, incluidos Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires.

De algún modo también convierte en ley la jurisprudencia de hace por lo menos 15 años, sobre la base de decisiones que jueces federales fueron tomando ante la ausencia de reformas del procedimiento.

Lo que se modifica, por ejemplo, es que se da mayor poder a los fiscales y contempla la posibilidad de que elijan qué casos investigar y cuáles no son tan importantes, excepto en los casos de corrupción de funcionarios, los que –supuestamente- deben ser investigados sin distinciones, en su totalidad. Se refiere la ley a causas insignificantes y se nos ocurre que, por ejemplo, puede aplicarse a esos juicios iniciados entre mediáticos por dimes y diretes en la televisión, que serán seguramente las primeras “víctimas” de este nuevo sistema.  

Además crea 17 nuevas fiscalías generales en todo el país y 20 defensorías oficiales. Todas para el fuero federal, es bueno aclarar. El mecanismo para elegir a los fiscales es igual al de la Provincia de Buenos Aires: los postulantes que pretendan acceder a los cargos deben rendir examen. De esos resultados surge una terna que se eleva a través del Consejo de la Magistratura al Poder Ejecutivo que designa uno de esos tres nombres. Luego el Parlamento debe avalar al designado. Es de destacar que sin haber aprobado el examen no se puede ingresar a la terna, de modo que se limita las posibilidades de nombramientos políticos sólo a los que pasaron la prueba. 

El proyecto dispone además la creación de una oficina judicial que se encargará de las cuestiones administrativas y el nombramiento de 1.713 empleados en fiscalías y defensorías de todo el país, 37 de las cuales están aún por crearse, con lo que se descuenta que pasará tiempo hasta su implementación total. Estas cifras que parecen exorbitantes en realidad no lo son tanto; cualquier ciudadano que recorre los tribunales puede ver las causas que se amontonan sin remedio y si hay una investigación importante en marcha o de alto perfil, sea político o un crimen que involucra menores por ejemplo, muchas otras comienzan a andar los senderos de la espera por falta de personal que las atienda.

Lo que resulta muy interesante, aunque todavía insuficiente, es que reduce a tres años los plazos para las causas penales y castiga a los jueces que demoren los casos. También establece medidas alternativas a la prisión preventiva, amplía la intervención de las víctimas en los procesos y prevé la expulsión de los extranjeros sorprendidos delinquiendo, incluso en casos menores. Estas son medidas importantes y positivas. 

Cristina Kirchner en este sentido ha mandado a hacer un buen trabajo a los legisladores aunque, en la antesala de un año político, es probable que haya voces opositoras tratando de denostar la propuesta. Como en el caso de nuestros editoriales no somos ni oficialistas ni opositores, calificamos según el sentido común y la necesidad de los ciudadanos y por eso afirmamos que poner plazo a los magistrados es importante.

El proyecto de ley tiene 349 artículos y dos anexos, de manera que no vamos a comentarlos todos, pero sí podemos afirmar que es un cambio profundo el que se propone y el principal que propone en la faz procedimental es que ya no serán los jueces los que investiguen, ahora serán los fiscales los encargados de hacerlo. Los jueces se convertirán en un tercero imparcial, que evaluará la legalidad de las pruebas que presente el fiscal. Un árbitro, que tendrá autoridad, como ahora, para allanar, detener e intervenir teléfonos, pero a pedido del fiscal.

La víctima y su familia -aun si no es querellante- tienen derecho a ser protegidos a participar del proceso y a participar de audiencias antes de la liberación del condenado. Incluso cuando el fiscal no quiere impulsar la acción pública, puede llevarla adelante de manera privada. 

No son pocas estas reformas y son positivas, sobre todo para una Justicia Federal que se ha ido haciendo vetusta con los viejos procedimientos, dejando sin respuesta a muchos ciudadanos que recurren a los tribunales como el último bastión a los problemas que lo aquejan.


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